El pasado 12 de junio se publicó en el BOE Real Decreto 513/217 de 22 de mayo.
El pasado 12 de junio se publicó en el BOE el Real Decreto 513/217 de 22 de mayo, sobre la nueva reglamentación en las instalaciones de protección contra incendios.
El Real Decreto entrará en vigor a los 6 meses de su publicación, esto es, el 22 de diciembre de 2017, y deroga la normativa vigente hasta estos momentos, el Real Decreto 1942/1993.
El nuevo Reglamento determina las condiciones y requisitos exigibles al diseño, instalación, aplicación, mantenimiento e inspección de los equipos, sistemas y componentes que conforman las instalaciones de protección activa contra incendios.
Este reglamento obliga tanto a las empresas instaladoras como a las mantenedoras de las instalaciones de protección contra incendios. Igualmente, sus exigencias técnicas se aplican a fabricantes, distribuidores u otros organismos que intervengan en la evaluación o certificación técnica de los productos, además de a todos aquellos que se puedan ver afectados por esta nueva regulación.
En este reglamento es de destacar su artículo 22 en relación a que los garajes con una superficie construida mayor de 500 metros cuadrados deben reglarse por esta normativa y por tanto cumplir con las inspecciones técnicas establecidas.
En la disposición transitoria cuarta se indica, en relación a la primera inspección de las instalaciones ya existentes que:
Las instalaciones de protección contra incendios en las comunidades de vecinos deberán seguir basándose fundamentalmente en lo establecido en el Código Técnico de la Edificación, influyendo la nueva reglamentación en los mantenimientos de los equipos ya instalados y en las características de los nuevos equipos que se instalen.
Si tenéis cualquier duda acerca de la aplicación del Reglamento, podéis contactar con nosotros. En Gestin somos especialistas en la administración de comunidades con tres décadas de trayectoria.