Ahorrar en el consumo de luz, gas o agua tiene muchas ventajas, tanto para el bolsillo como para el medio ambiente. Sin embargo, hacerlo de manera muy rigurosa puede tener consecuencias si se disfruta de la deducción por compra de vivienda.
Y es que, pro ejemplo, el fisco puede alegar que un consumo de energía anual de 350 kilovatios no se considera normal en una vivienda habitada durante todo el año. Esto haría que los organismos públicos pudieran tener sospechas de que se trata de una segunda residencia y, por consiguiente, retirar dichos beneficios.
¿Quién debe probar los hechos?
Cada parte es responsable de demostrar los hechos que le favorecen. A la Administración, la realización del hecho imponible. Y a los contribuyentes, la no sujeción a un impuesto, las exenciones, bonificaciones, reducciones, deducciones y, en general, cualquier beneficio fiscal, tal y como se contempla en la Ley General Tributaria.
Por lo tanto, resulta claro que el contribuyente que desee aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual deberá demostrar que cumple con los requisitos establecidos, en particular, que reside en la vivienda de manera habitual y permanente.
Si tienes cualquier duda al respecto, consulta a los especialistas de GESTIN y ellos te indicarán cómo actuar.