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Grabar una junta vecinal: ¿Está permitido?

Cuando se trata de hacer una junta de vecinos, se sabe que, gracias a las actas, es más fácil recordar qué se ha tratado en cada una y qué cosas han ocurrido. No obstante, grabarlas en vídeo también puede ser una opción, ¿aunque está permitido? Hoy, desde Gestin, os hablamos de ello.

¿Se puede grabar una junta de vecinos?

Para poder dar respuesta a esta pregunta hay que usar, más bien, el sentido común que consultar la Ley de Propiedad Horizontal. Esta ley, que sería la que debería recoger este tema, hay que admitir que está anticuada en este tipo de temas, por lo que hay que ceñirse a la Ley de Protección de Datos.

Nosotros, como administradores de fincas, queremos daros algunos consejos al respecto. 

Lo primero sería hacer una consulta sobre si los vecinos están de acuerdo o no en que se grabe la junta. En este caso, habría que someterlo a votación en caso de que no haya una conformidad completa tanto para un sí como para un no. Este proceso se repetiría siempre que se quisiera grabar una junta a no ser que se llegase a un acuerdo de grabarlas todas sin tener que avisar de entrada.

Si se da el consentimiento, hay que destacar que sólo se deberá grabar la junta con medios propios de la comunidad. Esto quiere decir que los vecinos no pueden usar los suyos propios para efectuar la grabación. Por otra parte, será el presidente, el secretario o el administrador de fincas quien custodiará el vídeo de la junta y sólo se entregará a un vecino o interesado en caso de que se de un proceso judicial.

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