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Juntas de vecinos: Cómo convocarla y asistencia

Las juntas de vecinos son algo frecuente en las comunidades de vecinos y es conveniente saber todo lo que se pueda de ellas, como quién puede convocarlas o qué medio es mejor para hacerlo. Hoy, desde Gestin, os recordamos algunos de estos datos.

Juntas de vecinos: Quién las convoca y que ocurre de no asistir

Podría pensarse que la junta de vecinos es algo que solo puede convocar el Presidente de la Comunidad, pero lo cierto es que también puede venir por parte del resto de propietarios en sí, no obstante, han de cumplirse algunos requisitos para ello.

En este caso nos referimos a lo siguiente:

  • La petición de la junta para plantear algún tema concreto proviene de la una cuarta parte total de los propietarios
  • La petición la hacen propietarios que significan una cuarta parte de las cuotas comunitarias como mínimo

Dicho esto, hay que tener clara la forma en la que se puede convocar la junta. Hoy en día, contamos con las tecnologías para ello, ya que podemos mandar un email con la información o incluso un mensaje a través de WhatsApp. Pero dado que puede ocurrir que no todos los propietarios tengan acceso a estas vías, lo más idóneo es también colocar algún aviso bien visible para que todos lo vean.

Por último, queremos destacar algo que es evidente. Hay ocasiones en las que no se puede acudir a las juntas de vecinos o, simplemente, no se quiere. En cualquier caso, ocurre lo mismo: Se pierde el derecho al voto en los temas que se planteen en la reunión y, por tanto, no hay lugar réplica más adelante.

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