Ahora que llega el calor puedes empezar a plantearte instalar un aire acondicionado, pero siempre surge
la duda de si debes o no comunicárselo a la comunidad de vecinos, puedes comprobar en la Ordenanza
del Ayuntamiento y en los planes Generales de Ordenación, te informarán de cosas importantes como la
distancia que debe tener entre el aparato y la ventana de un vecino.
Revisa todo correctamente ya que si nos cumples la normativa el Ayuntamiento puede sancionarte. Suele
haber prohibiciones en las horas de uso.
Todas las comunidades de vecinos tienen sus propios estatutos donde se reflejará si se autoriza o no
poner un aparato de aire en la fachada. Si está autorizado no necesitará que los vecinos le den su
aprobación, si no es así son los vecinos los que deben aprobarlo según nos dice la Ley de la Propiedad
Horizontal.
Para poder proceder a la instalación del aire acondicionado deben votar a favor todos y cada
uno de los vecinos y en segunda convocatoria la mayoría de las cuotas de participación, pero si la
instalación que vamos a realizar necesitase perforar la fachada y con ello afecta a la estética del edificio
requiere un consentimiento previo de la comunidad.
Si aun así se realiza la instalación debes saber que la comunidad cuenta con un plazo de 5 años para
poner una reclamación.