El legendario personaje de Juan Cuesta en la célebre serie de televisión ‘Aquí no hay quien viva’ no deja de ser una gran parodia sarcástica. No en vano, en la vida real son muy escasos los casos de vecinos que deseen con ahínco ser presidentes de su comunidad. De hecho, es difícil encontrar incluso a aquellos que asumen el cargo de buena gana.
Y es que ser presidente de comunidad conlleva una importante responsabilidad, especialmente en el plano económico. Y es que es en este ámbito en el que se producen la mayor parte de las tensiones vecinales.
Importante riesgo
Pese a la buena voluntad de quien asume dichas responsabilidades, existen infinidad de asuntos que pueden poner en riesgo las cuentas de la finca.
Las normativas para la adaptación a la ley de protección de datos o el modelo 347 para operaciones superiores a 3.000 € son tan sólo dos ejemplos de casos que pueden originar que comunidades presididas por vecinos inexpertos puedan ser sancionadas con cuantiosas multas. Importes que, en la mayoría de los casos, superan holgadamente el coste que supone contratar un servicio de administración de fincas a través de profesionales.
Es por ello que desde GESTIN recomendamos dejar estos importantes asuntos en manos de profesionales. Contacta con nosotros y te asesoramos.
Responsabilidad del Presidente de la Comunidad
La responsabilidad del Presidente de la comunidad en el ejercicio de su cargo necesita protección jurídica para hacer frente a posibles reclamaciones que, aunque pueda resultar extraño en nuestra cultura, cada día son más habituales.
Ser el representante legal de una Comunidad de Propietarios es una actividad con cierto o elevado riesgo. No solo lo afirmamos así desde Gestin, sino que también lo manifiestan numerosos profesionales como diversos jueces, entre otros.
Es evidente a estas alturas la responsabilidad que lleva implícita la asunción del cargo de Presidente, cuya aceptación es obligatoria, sin posible renuncia, si fue nombrado legalmente. La edad no exime del puesto y hay muchas personas mayores desempeñando el cargo. Amas de casa y jubilados (por eso de que tienen tiempo y están siempre disponibles), y jóvenes inexpertos que de repente se ven “dirigiendo” a sus vecinos en complejos inmobiliarios con múltiples servicios comunes que pueden dar lugar a potenciales situaciones de riesgo, se ven obligados a tomar decisiones sin los conocimientos ni habilidades suficientes.
La responsabilidad del Presidente de la comunidad de propietarios puede abarcar diferentes cuestiones, según se tengan en cuenta distintos criterios:
– Como representante legal de la comunidad o a título personal.
– Contractual: la mayoría de las sentencias firmes vienen motivadas por extralimitarse en la ejecución de acuerdos.
– Extracontractual: el daño o perjuicio no tiene su origen en una relación contractual sino en el incumplimiento de la ley).
– Frente a copropietarios o frente a terceros.
– Civil y/o penal.
– Por las decisiones adoptadas u omisiones en el desempeño de su cargo o por accidentes ocurridos en la finca.
Las situaciones de riesgo más frecuentes que pueden originar responsabilidades en el Presidente son la realización de obras, los ascensores, la contratación con proveedores en general, la firma del Acta de la Junta, y la certificación de deudas.
Responsabilidad del Presidente de la Comunidad como representante legal
Al ser uno de los órganos de gobierno, que ostenta la representación legal de la Comunidad, según el artículo 13.3 de la LPH, debe cumplir con los mandatos, actuar con diligencia y ejecutar los acuerdos adoptados por la Junta de Propietarios.
La responsabilidad del Presidente de la comunidad puede exigirse por una actuación culpable o negligente en el ejercicio de sus funciones, que cause perjuicios a la propia comunidad o a los propietarios de la misma. Los daños y perjuicios serán acreditados por quien resulte perjudicado. En el supuesto de que el reclamante sea un copropietario, primero tendrá que solicitar una convocatoria de Junta Extraordinaria y tratar el asunto en la misma; si se toma el acuerdo de ejercer acciones, será la Comunidad quien exija responsabilidad al Presidente; si no existe tal acuerdo, cualquier propietario podrá iniciar la reclamación a título personal.
Funciones relevantes como convocar las Juntas, ejercitar las acciones judiciales que se acuerden, exigir el pago a los propietarios deudores, visar los gastos, los presupuestos y hacer cumplir los acuerdos de la Junta, llevan implícita responsabilidad exigible, esencialmente como representación legal.
En cuanto a la ejecución de los acuerdos de la Junta, estos deberán ser ejecutados por el Presidente, como mandatario de la comunidad. Si al llevarlos a cabo se da lugar a un perjuicio a un tercero o a otro copropietario, la responsabilidad se restringe al ámbito interno de la comunidad de propietarios, siendo esta la que tenga que responder y, posteriormente, repetir contra el órgano de gobierno (Presidente) en el caso de que se acredite que se extralimitó en sus funciones.
Responsabilidad del Presidente de la Comunidad a título personal
Un ejemplo de actuación sujeta a esta responsabilidad puede ser la contratación de un seguro para la Comunidad sin respetar el acuerdo de esta o por ausencia del mismo. También lo sería la resolución unilateral del contrato de mantenimiento de ascensores, sin acuerdo previo de la comunidad de propietarios. O, por otro lado, la ocultación al resto de copropietarios, de una cláusula de un contrato firmado con un proveedor, lesiva para los intereses comunes.
Otro ejemplo puede ser el retraso en la emisión, o la falta de legitimación para su expedición del certificado de deudas.
En general, si el Presidente no actúa con diligencia y su dejadez da lugar a un perjuicio a la Comunidad, estaríamos ante un claro hecho de responsabilidad exigible.
Como expertos en la rama, ofrecemos a nuestros clientes asesoría y soluciones para ayudarles a sobrellevar la presidencia de su comunidad o cualquier otra cuestión relacionada. Si necesitas más información, estamos a tu disposición para aportártela y brindarte lo que solicites de nuestra labor.