Si sientes que la gestión de tu comunidad podría mejorar, cambiar de administrador es una opción que puedes plantear en la junta de propietarios. Eso sí, antes de dar el paso, es importante conocer los votos necesarios para cambiar de administrador de fincas y cómo debe hacerse para evitar problemas posteriores.
Tipo de acuerdo necesario
La decisión de cambiar de administrador corresponde a la junta de propietarios. El artículo 14.a de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece que la junta puede nombrar y cesar a las personas que ocupan estos cargos.
Mayoría simple según la LPH
Por regla general, se aplica el artículo 17.7 de la LPH. En primera convocatoria, hace falta el voto favorable de la mayoría del total de propietarios, que represente también la mayoría de las cuotas de participación. En segunda convocatoria, basta con la mayoría de los asistentes, siempre que represente más de la mitad de las cuotas presentes.
Por eso, antes de proponer el cambio, conviene revisar qué mayoría es necesaria para cambiar de administrador en tu comunidad según las circunstancias de la votación.
Cómo se realiza la votación
El cambio debe aparecer en el orden del día de la junta. Así, todos los propietarios saben que se va a tratar este asunto y pueden decidir si asisten. Durante la votación en la comunidad, es importante contabilizar correctamente los votos y las cuotas de participación, y dejar constancia del resultado en el acta.
Qué pasa con los ausentes
Si algún propietario no puede acudir, su ausencia no siempre significa que su voto quede al margen. El artículo 17.8 de la LPH permite computar como favorables determinados votos de propietarios ausentes si no manifiestan su discrepancia en los 30 días naturales posteriores a la notificación del acuerdo. Para ello, deben cumplirse los requisitos legales y no debe aplicarse ninguna excepción.
Impugnación del acuerdo
Si un propietario considera que el acuerdo junta no respeta la ley, perjudica los intereses de la comunidad o constituye un abuso de derecho, puede estudiar su impugnación judicial. Sin embargo, antes de ello, es recomendable comprobar los requisitos y plazos que establece el artículo 18 de la LPH.
Consejos para evitar conflictos
Antes de iniciar el proceso, revisa el contrato del administrador actual y comprueba cómo debe convocarse la junta. También ayuda explicar a los vecinos por qué se propone el cambio y resolver sus dudas con antelación. De esta forma, será más fácil tomar una decisión con información suficiente y evitar malentendidos.
Si tienes dudas sobre los votos necesarios para cambiar de administrador de fincas, en Gestin podemos orientarte sobre los pasos que debes seguir. Contacta con nosotros y te ayudaremos a valorar cómo proceder.